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Peña Nieto y Medina Mora tienen responsabilidad en el caso Atenco, aunque los haya exonerado la SCJN

Diario de Ecatepec, México (Caso Atenco).- Una vez concluida la evaluación del dictamen del caso Atenco que presentó el ministro Jesús Gudiño Pelayo, la mayoría del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que prevaleció la violación a las garantías individuales y el abuso de autoridad contra atenquenses, pero se procuró exonerar al gobernador del estado de México, Enrique Peña Nieto porque "es presidenciable", afirmó el diputado local Roberto Río Valle Uribe.

El legislador con licencia porque busca la candidatura a una diputación federal por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), precisó que la sociedad civil de la entidad sabe bien que Peña Nieto y Medina Mora, tienen responsabilidad en la violación de los derechos humanos en Atenco porque el primero tiene bajo su responsabilidad a la Agencia de Seguridad estatal (ASE) y el segundo en aquel entonces dirigía a la Policía federal Preventiva (PFP).

Así mismo señaló que los ministros de la SCJN, con excepción de Genaro Góngora Pimentel, protegieron la integridad de Peña Nieto como posible presidenciable, para que con Medina Mora, saliera absuelto de su responsabilidad en el caso Atenco.

Explicó que sólo Genaro Góngora Pimentel sostuvo en todo momento que el actual Ejecutivo estatal y el titular de la PGR eran responsables por el ejercicio de la fuerza pública, mientras que el resto de los ministros estimó que el abuso de autoridad tuvo su origen en los elementos policiacos que intervinieron y los mandos medios que dieron las instrucciones.

En los actos de violencia en el municipio de Atenco se registraron dos personas muertas, decenas de heridos y decenas de detenidos que están ahora en Molino de Flores y otros penales de la entidad, pero la SCJN limitó la responsabilidad a elementos de la PFP y de la ASE, quienes desde luego tuvieron que recibir órdenes superiores, porque ellos no se mandan solos, precisó Roberto Río Valle..

Finalmente el diputado local con licencia lamentó que ahora sólo se culpe de los hechos a elementos prácticamente de tropa, y se deje absueltos a los responsables institucionales de ello, tal y como pasó con el caso del enfrentamiento de Chimalhuacán, donde recordó que también Manuel Cadena y Arturo Montiel salieron del caso sin despeinarse y donde hubo al menos una docena de muertos y más de un centenar de heridos.

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El gobierno del Estado de México principal deudor de agua en Ecatepec

Se pedirá a la SCJN que obligue al gobierno mexiquense a que pague el agua que debe.

Diario de Ecatepec, Méx. Dic. 5.- Si la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dice que es legal que el gobierno del Estado de México nos cobre el agua a lo chino está bien, pero ahora le vamos a pedir a la Corte que obligue a la administración de Peña Nieto a pagar el agua que no paga, señaló el alcalde José Luis Gutiérrez Cureño.

El principal deudor de agua en Ecatepec es el gobierno del estado de México, precisó el edil al informar que el gobierno estatal debe al municipio aproximadamente 200 millones de pesos de consumo de agua tan solo del año pasado.

Entrevistado sobre el fallo de la SCJN a favor de la constitucionalidad de la Ley de Coordinación Fiscal que faculta al gobierno mexiquense a retener de las partidas federales asignadas a los municipios de la entidad, los adeudos que éstos tengan por no pagar el suministro de agua potable, Gutiérrez Cureño dijo: “hay que aguantar, aunque de todos modos ya traíamos acuerdos y no nos perjudica, pero nos parece que nos obliga a iniciar una lucha diferente para la gestión de fondos”.

Ecatepec, al igual que Valle de Chalco Solidaridad, Atenco, Coyotepec, Tultitlán, Ixtapaluca, Los Reyes La Paz, Tlalmanalco, Amecameca y Nezahualcóyotl, presentó ante la SCJN una controversia constitucional cuestionando la legalidad de la retención de recursos federales por adeudos de agua, pero la Corte dictaminó que los gobiernos municipales deben pagar sus adeudos históricos del vital líquido y, cuando incumplen su obligación, “la autoridad del agua tiene expedito su derecho al procedimiento económico coactivo de ejecución”.

Finalmente Gutiérrez Cureño explicó que la demanda de que Ecatepec administre sus pozos, va muy bien, pero aclaró que esa es otra gestión, porque eso tiene que ver con la dotación del agua, y una cosa es la gestión de los recursos y otra la dotación del vital elemento.

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El gobierno de Ecatepec seguirá con el control del tránsito de la Vía López Portillo

La SCJN ordena a la ASE suspender actos de tránsito en dicha vialidad.

El Cabildo demanda al Congreso mexiquense se respete que las funciones de tránsito son facultad municipal

Diario de Ecatepec, Méx. Nov. 20.- Mientras que el Cabildo aprobó por mayoría pedir al Congreso mexiquense modificaciones al Código Administrativo con el fin de que se respete el mandato constitucional que establece que las funciones de tránsito son una facultad municipal, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió la suspensión provisional que solicitó el gobierno municipal para que la Agencia de Seguridad Estatal (ASE) se abstenga de ejercer el control de tránsito en la vía José López Portillo, en el tramo que corresponde a Ecatepec.

El cuerpo edilicio de Ecatepec propuso al poder legislativo una iniciativa de reformas a los artículos 8.3, 8.10 y 8.19 del Código Administrativo por considerar que violan las atribuciones municipales, ya que actualmente disponen que las “atribuciones y jurisdicciones” de tránsito en la infraestructura vial primaria y la aplicación del Reglamento de Tránsito Metropolitano estarán a cargo de los agentes de la ASE.

Además solicitaron al gobernador, con el voto en contra del regidor priísta José Luis Soto, la revisión, adecuación y en su caso la abrogación del Reglamento de Tránsito del Estado de México con el propósito de no vulnerar el Estado de Derecho y respetar el orden Constitucional.

Por otra parte, en conferencia de prensa, el primer regidor Javier Rivera Escalona dio a conocer la resolución que emitió la SCJN en el oficio número 7009 derivado de la Controversia Constitucional que el Municipio interpuso en contra de la ASE, la cual fue recibida con el folio número 048211 y admitida el 12 de noviembre con el número 158/2008.

Rivera Escalona explicó que no había justificación de derecho ni de hecho para que el tránsito de la vía López Portillo se subordinara a la ASE, por lo que celebró la resolución de la SCJN que permite a la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito de Ecatepec continuar con la prestación de este servicio que realiza desde 1990.

Acompañado por la directora y el subdirector de Jurídico y Consultivo, María de la Luz Islas Colín y José de Jesús Méndez, indicó que ya fue notificado el comisionado de la ASE de la suspensión que otorgó la SCJN y dijo que espera que en los hechos acaten esta resolución.

“Las autoridades demandadas (ASE) deberán abstenerse de ejercer el control de tránsito de la infraestructura vial a que se refiere el oficio mencionado, hasta en tanto esta Suprema Corte de Justicia de la Nación dicte sentencia”, menciona el documento firmado por el secretario de la Sección de Trámite de Controversias Constitucionales y de Acciones de Inconstitucionalidad de la SCJN, Marco Antonio Cepeda Anaya.

La suspensión se refiere exclusivamente a los efectos y consecuencias derivados del oficio número 202F1A000/ASE/384/08 que el 29 de septiembre pasado el comisionado de la ASE, Germán García Moreno Ávila, envió a la Presidencia Municipal para notificar que a partir de esa fecha la dependencia a su cargo controlaría el tránsito de la vía López Portillo.

“Del estudio integral de la demanda, se aprecia que la medida cautelar se solicita para que no se prive al Municipio actor (Ecatepec) del ejercicio de la prestación de los servicios públicos de seguridad, tránsito y vialidad, particularmente en la vía José López Portillo a que se refiere el oficio impugnado”, señala el documento con fecha 13 de noviembre y firmado el 18 del mismo mes.

“Para que las autoridades demandadas (ASE) no impidan al Municipio actor (Ecatepec) las funciones de seguridad pública y tránsito municipal que constitucional y legalmente le corresponden, en el territorio de su jurisdicción, hasta en tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva el presente asunto”, dice el oficio en el que además puntualiza que la “medida suspensional surtirá efectos de inmediato y sin necesidad de otorgar garantía alguna”.

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De nada sirvió la súplica del Obispo de Ecatepec, la SCJN avaló la constitucionalidad del aborto

Diario de Ecatepec, Méx. Agosto 29.- De nada sirvió la súplica que el Obispo de Ecatepec, Onésimo Cepeda, hizo a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que respetaran el derecho a la vida, tal y como lo establece de manera puntual la Constitución Política Mexicana, porque el máximo tribunal de justica avaló por ocho votos contra tres la constitucionalidad de las reformas al Código Penal y la Ley de Salud del Distrito Federal que despenalizan el aborto voluntario hasta las 12 semanas de gestación, y que obligan a las autoridades capitalinas a garantizar que la interrupción legal del embarazo se realice de forma gratuita y en condiciones médicas y sanitarias adecuadas. (La Jornada: 28/8/2008)

El Obispo de Ecatepec estaba seguro que la SCJN fallaría en contra del aborto, pues para él la Constitución defiende el derecho a la vida de todos los mexicanos, desde el momento de la concepción, hasta la muerte, y consideraba que los magistrados como juristas, no podían aprobar una ley que vaya en contra de la Constitución, sin embargo los había invitado a pensar no sólo como juristas sino también “con la cabeza y como crisitianos”.

Sólo que la SCJN se lavó las manos como Poncio Pilatos, pues precisó que su papel no era el de cambiar o rechazar una ley sino dictaminar si es constitucional o no, y determinó que la ley que la iglesia considera promueve el aborto, si es constitucional.

Los ministros señalaron que no existe en la Constitución, ni en los tratados internacionales suscritos por México, el llamado “derecho a la vida desde el momento de la concepción”, como tampoco la obligación en la Carta Manga de sancionar penalmente el aborto. Además de que es atribución de los congresos locales despenalizar o no los tipos de delitos, como es el caso.

No obstante el Obispo Onésimo Cepeda, se sumó a las voces que, desde la Iglesia Católica en México demandan respeto a la vida y critican a la administración de Marcelo Ebrad Casaubón, por impulsar la legalización del aborto.

Durante una entrevista concedida en el Hotel Las Quintas del estado de Morelos, el prelado dijo, “me parece una incongruencia que el GDF diga que va a defender la vida y la única vida que no defienden es la vida de un niño en el vientre de una madre, la Ley del Aborto que están impulsando, no es otra cosa mas que el ataque constante a la vida y al asesinato de miles de inocentes”. (El Sol de Cuernavaca: 27/8/2008).

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Admite la SCJN controversia constitucional de Ecatepec contra la retención de recursos federales

Rosalía Flores Vargas

Diario de Ecatepec, Edomex, Mayo 29 (Rumbo de México).- Sí fue admitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la controversia constitucional interpuesta por el ayuntamiento de Ecatepec, contra las reformas al Código Financiero del Estado de México, que permiten retener hasta el 40% del Fondo de Aportaciones para Municipios y Entidades Territoriales del DF (FORTAMUN), asunto que es atendido por el ministro Mariano Azuela.

Sin embargo, hubo dos consideraciones en el acuerdo de los ministros, una referente a que no se aceptó a los restantes municipios (124) como terceros interesados, por tanto no serán notificados para que acudan como terceros afectados, sin embargo, la otra consideración es que la SCJN fue más allá y está notificando a la PGR para que informe lo que a su derecho corresponda, si con esas reformas no habrían cometido algún delito con la decisión de retener recursos y que responda en unos días si hubo comisión de delito por esa reforma a la Ley de Coordinación Fiscal.

Además, se da vista al Congreso de la Unión para que responda lo que a su derecho corresponda sobre posibles violaciones derivadas de la Ley de Coordinación que ellos mismos aprobaron (hay que recordar que el presidente de la comisión legislativa de Recursos Acuíferos del congreso mexiquense, Ricardo Gudiño, aseguró que la cámara de diputados federal avaló esta situación y el gobernador mexiquense sólo la retomó para presentar la iniciativa de ley).

A decir del primer regidor Javier Rivera Escalona, están satisfechos con la aceptación de la controversia constitucional, “lo cual es una ganancia pero lamentamos que no se haya aceptado a los terceros interesados”.

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Ecatepec presenta controversia constitucional en contra de la retención de recursos federales


Por violar la autonomía municipal y afectar programas sociales y la obra pública.

Suman ya 9 municipios mexiquenses que se inconforman ante la SCJN


SCJN, Ciudad de México, Mayo 9 (Gobierno - Ecatepec).- El gobierno municipal presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una Controversia de Inconstitucionalidad en contra de la reforma aprobada por la Legislatura del estado de México que faculta al gobierno estatal retener los recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios (FORTAMUN) a aquellos ayuntamientos que tengan adeudos por suministro de agua, por considerar que vulnera la autonomía municipal.(En la gráfica el primer sindico, José Pascual Soto, el primer regidor, Javier Rivera Escalona y el secretario del Ayuntamiento, Eduardo Wilfrido Hernández Leyva, muestran la demanda)

Con esta Controversia Ecatepec se suma a los municipios Valle de Chalco, Atenco, Amecameca, Amanalco, Tultitlán, Coyotepec, Ixtapaluca, Los Reyes la Paz que han presentado recursos legales ante la SCJN para evitar afectación a su hacienda municipal, con lo cual son ya 9 Ayuntamientos que impugnan la citada reforma.

Luego de la entrega de la demanda, el primer regidor de Ecatepec, Javier Rivera Escalona, señaló que las reformas promovidas por el Gobierno del Estado para retener el presupuesto violan flagrantemente la libertad de hacienda municipal, pues los gobiernos municipales ya aprobamos el presupuesto y se verán perjudicados programas sociales y obras.

Este año Ecatepec recibirá 643 millones de pesos de recursos federales, por lo que la retención del 40 por ciento dejaría al municipio sin la posibilidad de ejercer 250 millones de pesos, agregó.

Ante lo cual, dijo, el gobierno municipal de Ecatepec propone una reforma integral que permita sanear los organismos públicos descentralizados de agua con mecanismos más ágiles y equitativos para la dotación de agua en bloque.

“Queremos que no se politice el otorgamiento de esa agua en bloque a la que tenemos derecho los gobiernos por eso proponemos un plan general de pagos porque además el adeudo no se generó en esta administración sino que es una deuda histórica”, puntualizó el edil.

“Sí estamos de acuerdo en pagar lo que tengamos que pagar, pero sin vulnerar la autonomía municipal, porque nosotros somos directamente responsables de la administración y de los servicios a los ciudadanos”, indicó.

La controversia constitucional en contra de la 56 Legislatura del estado de México, del gobernador Enrique Peña Nieto y el secretario general de gobierno, Humberto Benítez Treviño y que consta de 122 fojas con anexos, fue entregada en la SCJN, cuya oficina de certificación judicial y correspondencia le dio entrada con el folio número 023081,

El documento señala que “se demanda la invalidez e inconstitucionalidad de la reforma aprobada por la Legislatura del estado de México, misma que fue promulgada y publicada en la Gaceta de Gobierno de fecha 27 de marzo del 2008 por el gobernador del estado y que se refiere a la reforma del artículo 95 Bis y la visión de los artículos 230 A, 230 B, 230 C, 230 D, 230 E y 230 F del Código Financiero del estado de México y Municipios”.

El gobierno municipal sustentó su controversia en que las reformas al Código Financiero vulneran el patrimonio de los municipios y que este acto es totalmente inconstitucional, además que existe violación indirecta al artículo 115 constitucional que establece que los Ayuntamientos tienen facultad para administrar libremente su hacienda, por lo que en la demanda se les incluyó como terceros interesados ya que también se verían afectados con esta reforma, que viola los preceptos constitucionales.

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